[co-author: Juan Miguel Riascos Camacho]
Se radicó en el Congreso de la República de Colombia un proyecto de ley por medio del cual se busca promover la adopción de la tecnología blockchain en el país, se crea un registro para ciertos proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) y se regula la actividad de los PSAV.
El registro de PSAV estará a cargo de la Superintendencia de Sociedades, entidad que podrá ejercer vigilancia sobre estas entidades. Se considera PSAV toda persona jurídica o natural, nacional o extranjera, que preste los servicios de activos virtuales de forma habitual y profesional a terceros ubicados en Colombia. Se entiende por "forma habitual y profesional" a toda persona que, en el transcurso de 12 meses consecutivos, haya obtenido ingresos superiores a 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por la prestación de servicios sobre activos digitales, o que tenga la tenencia de activos virtuales valorizados en por lo menos 5.000 SMLMV.
Entre las demás disposiciones contempladas en el proyecto de ley se destacan los siguientes aspectos: 1) aquellas personas que sean consideradas PSAV al momento de la entrada en vigencia de la ley tendrán un régimen transitorio, con un plazo de 12 meses contados a partir de la entrada en funcionamiento del registro de PASV, para solicitar su inscripción, y 2) aquellos que obtengan esta calidad con posterioridad a la entrada en funcionamiento del registro, tendrán un plazo de un año para solicitar la inscripción.
Además, vale la pena resaltar que no se busca regular el mercado ni la tecnología asociada a estos servicios, sino que es una normativa que busca fortalecer las prácticas en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como la transparencia de la información en beneficio de lograr una mayor protección de los consumidores.
En ese sentido y si bien el proyecto de ley no le otorga la categoría de valor o de divisa bajo la legislación colombiana a los activos digitales, el proyecto busca que sólo aquellos agentes que se encuentren registrados como PSAV, o los terceros con quienes estos contraten, puedan llevar a cabo actividades de promoción y comercialización sobre servicios de activos digitales. Lo anterior sin perjuicio de contemplarse ciertas excepciones, incluyendo las actividades educativas, así como las que adelanten los PSAV que no se dediquen a dicha actividad de forma habitual y profesional.
Finalmente, el proyecto de ley busca promover la vinculación de los PASV al sistema financiero y asegurador habilitando a las entidades financieras a que le otorguen los productos y servicios que ofrecen a dichos actores, buscando que puedan tener acceso a canales de pago y recaudo formales.
En Holland & Knight se realiza un constante monitoreo de los cambios en la regulación financiera nacional e internacional y de otras actualizaciones relevantes para el mercado de valores.