Publica CONAGUA Proyecto de NOM para Regular Pozos de Extracción de Agua

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La Comisión Nacional del Agua (la “CONAGUA”) publicó un Proyecto de nueva Norma Oficial Mexicana, a fin de aumentar la eficacia en la prevención de la contaminación de los acuíferos y conservar la calidad y cantidad del agua.


El 23 de noviembre de 2023, la CONAGUA publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-016-CONAGUA-2023, Requisitos durante la construcción, operación, mantenimiento, rehabilitación y cierre de pozos para extraer agua del subsuelo” (el “Proyecto de NOM”).

El objetivo del Proyecto de NOM consiste en establecer los requisitos a cumplir durante la construcción, operación, mantenimiento, rehabilitación y cierre de pozos para extraer agua del subsuelo.

La CONAGUA ha justificado la creación del Proyecto de NOM con base en la supuesta deficiencia de dos Normas Oficiales Mexicanas (“NOMs”) vigentes actualmente: la “NOM-003-CONAGUA-1996” y “NOM-004-CONAGUA-1996” que establecen los requisitos para la construcción de pozos, así como para el mantenimiento y rehabilitación de éstos, respectivamente.

Adicionalmente, toda vez que ambas NOMs regulan una misma materia, la CONAGUA propone la consolidación en un solo instrumento de la regulación en materia de construcción, mantenimiento, rehabilitación y cierre de pozos para extraer agua del subsuelo.

El Proyecto de NOM modifica a su vez diversas obligaciones de los usuarios, al establecer: requisitos para regular la selección del emplazamiento del pozo, así como las actividades obligadas antes, durante, y después de la perforación; el procedimiento para la desinfección del pozo; y la selección del sistema hidráulico; entre otros.

El procedimiento de evaluación de la conformidad propuesto en el Proyecto de NOM implica acudir de manera voluntaria ante la CONAGUA u Organismos de Evaluación de la Conformidad.


Next steps

El Proyecto de NOM será sometido a comentarios por 60 días naturales (los cuales vencen el 22 de enero de 2024). Dentro de dicho plazo, cualquier persona interesada podrá emitir opiniones técnicas y jurídicas ante la CONAGUA, previo a su aprobación final.

Una vez que el Proyecto de NOM sea definitivamente aprobado (en su caso) y publicado en el Diario Oficial de la Federación, su versión final cancelará las Normas Oficiales Mexicanas “NOM-003-CONAGUA-1996” y “NOM-004-CONAGUA-1996”.

[View source.]

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